Consejo de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano

  • Presidente(a)Arq. Mario Lugo Martínez
  • Secretario(a)Mdu. Alondra María Martínez Ayón

FECHA DE INSTALACIÓN: 28/11/2018ACTA DE INSTALACIÓNNORMA APLICABLE

El Código Municipal del Estado de Chihuahua establece que los Municipios mayores a 75mil habitantes deben contar con un Consejo de Planeación Urbana Municipal,que seráintegrado por personas de los sectores público,privado y social y serán quienes ayuden al Municipio en materia de planeación urbana. 

Actualmente el Consejo de Planeación Urbana se integra por:

  • 7 Consejero con voz y voto del sector público
  • 8 Consejeros con voz y voto del sector privado
  • 6 Consejeros con voz y voto del sector social
  • 6 Consejeros con voz y voto del sector técnico-académico
  • 7 Consejeros con voz y sin voto del sector público
  • 1 Consejero con voz y sin voto del sector social

El artículo 86 del Código Municipal para el Estado de Chihuahua establece que la directiva del Consejo se integrarápor un Presidente que seránombrado por el propio Consejo se entre los representantes de los sectores social o privado de la comunidad y este duraráen el encargo cinco años,pudiendo ser reelecto. 

FechaSesiónTipoLugar
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Integrantes
RolNombre
Contacto:
Tel. (614) 200 4800 ext. 6386
unidad.transparencia@mpiochih.gob.mx
C. Victoria #100 (Edificio del Real), Zona Centro
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