



FECHA DE INSTALACIÓN: 07/01/2022ACTA DE INSTALACIÓNCONVOCATORIANORMA APLICABLE
ComitéMunicipal de Ecología y Cambio Climático
Este comitébusca fomentar y apoyar campañas ecológicas con la comunidad,presentar iniciativas y recomendaciones al Ayuntamiento en materia de la formulación de la Política Ambiental, apoyar en la coordinación de las dependencias municipales y estatales,en competencia municipal sobre la protección del medio ambiente,en la instrumentación de políticas públicas relativas a la adaptación al Cambio Climático y lamitigación de GEI y a la vigilancia del cumplimiento de los compromisos y metas vigentes en materia de cambio climático.
El ComitéMunicipal de Ecología y Cambio Climático tendrálas siguientes atribuciones:
DEL REGLAMENTO DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO DEL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA
Artículo 14.El Comité es un órgano consultivo auxiliar del Ayuntamiento y tendrá las siguientes funciones:
I. Fomentar y apoyar campañas ecológicas con la comunidad,para conocer,analizar y buscar soluciones a los problemas ecológicos,fungiendo además como instancia para promover la concertación entre la comunidad y el Municipio en las materias de este Reglamento;
II. Presentar iniciativas y recomendaciones al Ayuntamiento en materia de formulación de la política ambiental municipal;
III. Apoyar en la coordinación de las dependencias y entidades municipales entre sí,y con la autoridad estatal,en las materias de competencia municipal sobre protección al medio ambiente;
IV. Apoyar en la instrumentación de políticas públicas relativas a la adaptación al cambio climático y la mitigación de emisiones de Gases Efecto Invernadero(GEI)e impulsar las acciones correspondientes;
V. Apoyar la vigilancia del cumplimiento de los compromisos y metas vigentes en materia de cambio climático. VI. Participar en eventos y foros donde se analicen temas ambientales,con el fin de instruir nuevas y mejores prácticas ambientalistas en el Municipio.
VII. Revisar y observar los ordenamientos y disposiciones jurídicas vigentes en materia ambiental y proponer a la Dirección las adecuaciones que consideren pertinentes.
VIII. Difundir la convocatoria a las sesiones y los trabajos del Comitéen la página web del Municipio.
IX. Emitir los lineamientos internos necesarios que les ayuden al cumplimiento de sus atribuciones.
X. Elaborar un plan de trabajo anual.
XI. Rendir un informe anual de las actividades realizadas.(Fracción adicionada por acuerdo publicado en la Gaceta Municipal del H. Ayuntamiento del Municipio de Chihuahua No. 312-II,de fecha 27 de julio de 2023).
¿Como sesiona?
DEL REGLAMENTO DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO DEL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA,SECCIÓN QUINTA DE LAS SESIONES DEL COMITÉ
Artículo 20. El Comitédeberáresolver los asuntos de su competencia de manera colegiada y al efecto celebrarásesiones públicas ordinarias y extraordinarias,las cuales se llevarán a cabo previa solicitud de la mayoría de sus integrantes realizada ante la secretaría del comitéo cuando a juicio de persona titular de la presidencia sean necesarias derivadas de su relevancia,importancia o necesidad.(Artículo reformado por acuerdo publicado en la Gaceta Municipal del Municipio de Chihuahua No. 312-II,de fecha 27 de julio de 2023).
¿Quién lo integra?
DEL REGLAMENTO DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO DEL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA
Artículo 12. El Comitéresidiráen el Municipio de Chihuahua y para el cumplimiento de sus funciones se integraráde la siguiente manera,teniendo todos sus integrantes voz y voto:
I. Una Presidencia,que serála persona titular de la Presidencia Municipal o la persona que designe,pudiendo ser una persona representante de la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología;(Fracción reformada por acuerdo publicado en la Gaceta Municipal del H. Ayuntamiento del Municipio de Chihuahua No. 312-II,de fecha 27 de julio de 2023).
II. Una Secretaría,que serála persona titular de la Secretaría del Ayuntamiento.(Fracción reformada por acuerdo publicado en la Gaceta Municipal del H. Ayuntamiento del Municipio de Chihuahua No. 312-II. de fecha 27 de julio de 2023).
III. Una Secretaría Técnica,que serála Regidora o Regidor que presida la Comisión de Ecología del Ayuntamiento.(Fracción reformada por acuerdo publicado en la Gaceta Municipal del H. Ayuntamiento del Municipio de Chihuahua No. 312-II,de fecha 27 de julio de 2023).
IV. La persona titular de la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología,o la persona que designe.(Fracción reformada por acuerdo publicado en la Gaceta Municipal del H. Ayuntamiento del Municipio de Chihuahua No. 312-II,de fecha 27 de julio de 2023).
V. Hasta cinco representantes de los diversos sectores sociales,procurando sean de la sociedad civil que trabajan en beneficio del medio ambiente,quienes durarán en su encargo tres años.(Fracción adicionada por acuerdo publicado en la Gaceta Municipal del H. Ayuntamiento del Municipio de Chihuahua No. 312-II,de fecha 27 de julio de 2023).
DEL REGLAMENTO DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO DEL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA
Artículo 12 ter. El procedimiento para la designación de las personas integrantes del comitéseñaladas en la fracción V del Artículo 12,seráescalonada y se haráde la siguiente manera:
I. La Dirección,expediráuna convocatoria pública,con la finalidad de allegarse propuestas de personas candidatas a ser Integrante del comitépropietarias y suplentes,la cual deberápublicarse en:
a)La Gaceta Municipal por única ocasión;
b)En un diario de mayor circulación por dos ocasiones,cada publicación con una separación de siete días entre cada una. La primera publicación deberáefectuarse dentro de los tres días posteriores a la publicación que se realice en la Gaceta Municipal;
c)Los estrados de la Dirección,cuya primera publicación deberáefectuarse en la misma fecha en que se publique la Convocatoria en la Gaceta Municipal;
y d)El portal de Internet,durante todo el periodo para recibir solicitudes,cuya primera publicación deberáefectuarse en la misma fecha en que se publique la Convocatoria en la Gaceta Municipal.
II. Las personas interesadas deberán entregar sus solicitudes de registro en la Dirección dentro del plazo que se determine en la convocatoria.
III. Dentro de los diez días hábiles siguientes a que haya concluido el plazo señalado en el párrafo anterior,la Dirección remitiráal Comitélos expedientes de las y los candidatos registrados.
IV. El Comitédentro de los diez días hábiles posteriores a la recepción de los expedientes dictaminarán cuales son los candidatos que cumplen con los requisitos señalados en la convocatoria y se enviarán a la Comisión de Ecología del Ayuntamiento para su aprobación.
V. Para la selección de las y los integrantes en todo momento se atenderá,dentro de lo posible,el principio de paridad de género,procurando que las personas titulares sean un mínimo de cinco representantes que se conformarán preferentemente de la siguiente manera:
a)Un representante del sector académico y/o investigación.
b)Un representante del sector empresarial.
c)Dos representantes de los Colegios de Profesionistas.
d)Un representante de la Sociedad Civil Organizada relacionada con el medio ambiente o cambio climático.
| Fecha | Sesión | Tipo | Lugar | ||
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| Integrantes | |
|---|---|
| Rol | Nombre |
Administración 2021 - 2024Av. Independencia No. 209 Colonia Centro,