Fecha de Actualización: 31 De Marzo del 2012
ARTÍCULO 20.-Todo ente público deberá transparentar la siguiente información pública de oficio:
I .- Estructura Orgánica, Atribuciones que ejerce y la Normatividad que los rige.
• Estructura Orgánica
• Atribuciones y Normatividad
II .- Directorio de los servidores públicos, desde nivel de jefe de departamento y sus equivalentes, incluyendo nombre, domicilio oficial y dirección electrónica en su caso.
• Directorio de Servidores Públicos.
III .- Remuneración mensual de los servidores públicos señalados en la fracción anterior, por puesto, incluyendo todas las percepciones y compensaciones.
• Remuneración
IV .- El importe por concepto de viáticos y gastos de representación.
• Viáticos y Gastos de Representación.
• Tabulador de Viáticos.
V .- Declaraciones patrimoniales, salvo los datos que se clasifiquen.
• Declaraciones Patrimoniales.
VI .- Nombre, Domicilio Oficial y Dirección Electrónica de los de los Servidores Públicos encargados del Comité de Información y de la Unidad de Información.
• Comité de Información y Unidad de Información.
VII .- Los planes estatales y municipales de desarrollo; los programas operativos anuales y sectoriales; las metas y objetivos de las unidades administrativas de los Entes Públicos y los avances de cada uno de ellos.
• Programas Operativos Anuales.
• Programas Anuales.
• Plan Muncipal de Desarrollo 2010-2013
VIII .- Los servicios y programas que ofrecen, los trámites, requisitos y formatos para acceder a los mismos.
• Servicios, Programas y Requisitos.
IX .- La relativa al presupuesto asignado en lo general y por programas, así como los informes sobre su ejecución.
Esta información deberá contener los datos acerca de las y los destinatarios, usos, montos, asignación, mecanismos de evaluación e informes sobre su ejecución y deberá actualizarse trimestralmente.
• Mecanismos de Evaluación
• Presupuesto de Egresos.
X .- Los ingresos recibidos por cualquier concepto, señalando el nombre de las o los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos.
• Presupuesto de Ingresos.
XI .- La contenida en todo tipo de revisiones y auditorías concluidas y practicadas al ejercicio presupuestal de cada uno de los Sujetos Obligados y, en su caso, las aclaraciones que correspondan.
• Auditorias.
XII .- El diseño, ejecución, montos asignados y criterios de acceso a los programas de subsidio, así como los padrones de las y los beneficiarios de los programas sociales.
• Apoyos y subsidios.
XIII .- Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social.
• Comunicación Social.
XIV .- Los procedimientos de licitación de cualquier naturaleza serán públicos, de los cuales se difundirán:
a).- De licitaciones públicas:
1. La convocatoria.
2. Los participantes.
3. El nombre del ganador y las razones que lo justifican.
4. La fecha del contrato, su monto y plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra licitada.
b).- De licitaciones por invitación:
1. La invitación emitida.
2. Los invitados y los participantes.
3. El nombre del ganador y las razones que lo justifican.
4. La fecha del contrato, su monto y plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra licitada.
c).- De las adjudicaciones directas:
1. Los motivos y fundamentos legales aplicados.
2. En su caso, las cotizaciones consideradas.
3. El nombre del adjudicado.
4. La fecha del contrato, su monto y plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra licitada.
• Adjudicaciones Directas.
• Licitaciones.
XV .- La información acerca de los permisos, licencias, concesiones y autorizaciones otorgadas por los entes públicos, así como las opiniones y argumentos incluidos en los expedientes y los documentos que reflejen los resultados de los procedimientos administrativos aludidos, debiendo precisar el nombre o razón social del o la titular, el concepto y la vigencia.
• Permisos, Licencias, Concesiones y Autorizaciones.
XVI .- Padrón de proveedores y contratistas, salvo los datos clasificados como reservados o confidenciales.
Las Leyes, decretos, acuerdos, reglamentos, manuales de organización, circulares y demás disposiciones de observancia general, que fundamenten la actuación de los Sujetos Obligados.
• Proveedores.
XVII.- Los informes que por disposición legal se generen.
• Informe del Consejo Directivo de CAPPSI.
XVIII.- Los mecanismos de participación ciudadana, en su caso.
• Participación Ciudadana.
XIX .- El estado Financiero de los entes públicos que muestre su situación patrimonial, contenido en su balance general, el estado de resultados y el estado de la deuda pública así como la relación de los bienes inmuebles y de los vehículos adscritos a los entes públicos.
• Situación patrimonial.
XX .- Los montos, criterios, convocatorias y a quienes se les entregue, por cualquier motivo, recursos públicos, así como los informes que se generen sobre el uso y destino de estos recursos.
• Entrega de los Recursos Públicos.
XXI .- Las sentencias ejecutoriadas que recaigan con motivo de las controversias entre poderes públicos.
• Controversias.
XXII .- Convenios que el gobierno realice con la Federación, con otros estados y con los municipios.
• Contratos y Convenios.
XXIII .- Los Convenios que se celebren con entes públicos de la Federación , Estados y Municipios, así como con Organizaciones no Gubernamentales, sindicatos, partidos políticos, agrupaciones políticas, instituciones de enseñanza privada y fundaciones del estado, de otro Estado, de la Federación o de otro País.
• Convenios.
XXIV .- Calendarización de las reuniones públicas de los diversos consejos, gabinetes, cabildos, sesiones plenarias y sesiones de trabajo a que se convoquen, así como las correspondientes minutas o actas de dichas sesiones.
• Calendario y Actas de Consejo.
XXV .- La versión pública de los contratos, convenios y condiciones generales de trabajo que regulen las relaciones laborales del personal sindicalizado y de confianza, que se encuentre adscrito a los entes públicos, así como la relación del personal sindicalizado, los montos que por concepto de cuotas sindicales, prestaciones económicas o en especie que se hayan entregado a los sindicatos, los nombres de quienes los reciben y los de los responsables de ejercerlos.
• Contrato Individual de Tiempo Indeterminado
• Contrato Individual de Tiempo Determinado
• Contrato Individual de Becario
• Sindicatos
XXVI .- Los informes, estudios, análisis y reportes generados por despachos de consultoría privada contratados por los entes públicos.
• Consultoría Privada.
XXVII .- Informe de los resultados obtenidos en las giras de trabajo que se realicen fuera del territorio del Estado.
• Informe de Resultados de Giras de Trabajo.
XXVIII .- Cualquier otra información que, en base a datos estadísticos, resulte relevante para responder a las preguntas hechas con más frecuencia y la que específicamente determine el Instituto.
• Estadísticas de la unidad de Información.
